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Existen determinados conceptos financieros que, pese a ser de uso cotidiano, son de difícil comprensión para el usuario medio.

A continuación, vamos a explicar el funcionamiento de los Fondos de inversión y los diferentes agentes que operan en este tipo de productos financieros, ya que, si bien el lector podrá ubicar a los Fondos de inversión como un tipo de institución de inversión colectiva, probablemente desconozca los aspectos en los que vamos a hacer hincapié.

¿Qué es un fondo de inversión?

Para dar una definición, es necesario acudir a la regulación propia de la Instituciones de Inversión Colectiva, que no es otra que la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva y su Reglamento de desarrollo:

Los fondos de inversión son IIC configuradas como patrimonios separados sin personalidad jurídica, pertenecientes a una pluralidad de inversores, incluidos entre ellos otras IIC, cuya gestión y representación corresponde a una sociedad gestora, que ejerce las facultades de dominio sin ser propietaria del fondo, con el concurso de un depositario, y cuyo objeto es la captación de fondos, bienes o derechos del público para gestionarlos e invertirlos en bienes, derechos, valores u otros instrumentos, financieros o no, siempre que el rendimiento del inversor se establezca en función de los resultados colectivos.”

Es decir, las diferentes aportaciones realizadas por los inversores serán gestionadas por una Sociedad Gestora con el objetivo de ofrecer una rentabilidad superior a la que el inversor podría acceder operando de forma individual. La Sociedad Gestora sí tendrá personalidad jurídica y deberá constituirse como S.A. Por otro lado, tenemos a la Entidad Depositaria que es la encargada de custodiar los activos financieros en los que se invierten los fondos de los inversores y suelen ser Bancos o Sociedades y Agencias de Valores.

Partes que operan en un fondo de inversión

De lo anterior, podemos extraer tres agentes que serán los partícipes (inversores), Sociedad Gestora y Entidad Depositaria a los que añadiremos un cuarto agente que no es otro que las Entidades Comercializadoras que, pese a que no forma parte de la estructura del fondo, son las encargadas de la captación de clientes/partícipes.

Clasificación de los Fondos

Tenemos diferentes formas de clasificar a los Fondos aunque a continuación analizaremos la clasificación con respecto a la naturaleza de los activos y destacamos los siguientes:

  • Fondos Monetarios, Fondos de Renta Fija y Fondos de Renta Variable: cada uno de los anteriores destinará la inversión principalmente a cada uno de los activos financieros que lo apellida, por ejemplo, los Fondos de Renta Variable destinarán, entre otros, la inversión a empresas del IBEX o a empresas de países emergentes.

Asimismo, existen los Fondos Mixtos donde la inversión se centra tanto en renta fija como variable.

  • Fondos de Inversión Inmobiliaria: no tienen carácter financiero e invierten en inmuebles de naturaleza urbana que rentabilizan mediante el arrendamiento de los mismos.
  • Fondos de Inversión Libre: serían los conocidos como Hedge Funds e invierten en cualquier tipo de activo financiero.
  • Fondos de Inversión en Valores no Cotizados: podríamos encuadrar dentro de esta categoría a los Fondos de Capital Riesgo que invierten, por ejemplo, en startups del sector tecnológico.

¿Qué saca la sociedad gestora del Fondo?

Si bien tenemos claro que los partícipes realizan sus aportaciones con el objetivo de obtener una potencial rentabilidad, puede que no quede clara la motivación de las partes que conformen la sociedad gestora.

Por la prestación de servicios que realiza la Sociedad Gestora en favor de los partícipes obtiene una comisión. En el folleto de creación de la Sociedad Gestora se deberá recoger la forma de cálculo, el límite máximo de las comisiones referidas tanto al compartimento como a cada una de las clases, las comisiones que efectivamente vayan a aplicarse, y la entidad beneficiaria de su cobro.

El Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003 establece límites máximos en el que deberán moverse dichas comisiones que varían según el sistema de cálculo empleado. Si se calculan sobre el patrimonio podrán ser de un máximo de 2,25% para Fondos Financieros y 4% para Inmobiliarios, en cambio, si se calcula sobre los resultados obtenidos, un 18% para Financieros y un 10% para Inmobiliarios.

Requisitos para constituirse como Fondo de Inversión

Tengamos en cuenta que la actividad de los Fondos queda supervisada por la CNMV y será necesario obtener la correspondiente autorización que requerirá de los siguientes requisitos:

  • Patrimonio mínimo de 3 millones de euros.
  • Un mínimo de 100 participes.
  • Designación de Sociedad Gestora y Depositaria.