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Constituir una empresa es un proceso complejo que requiere atención a múltiples detalles, desde la elección de la forma jurídica hasta el cumplimiento de las obligaciones legales y fiscales. 

Un primer paso esencial es elegir la forma jurídica adecuada para la empresa. Esta decisión tiene implicaciones directas en la responsabilidad de los socios, el capital mínimo necesario y las posibilidades de financiación. Por ejemplo, una Sociedad de Responsabilidad Limitada, (en adelante, “S.L.”) es ideal para proyectos con un número reducido de socios. Con un capital mínimo de 3.000 euros, ofrece flexibilidad y permite limitar la responsabilidad de los socios al importe aportado. Por otro lado, una Sociedad Anónima, (en adelante, “S.A.”) es más adecuada para proyectos de mayor envergadura o aquellos que requieren atraer inversiones externas, ya que sus acciones son libremente transmisibles. Sin embargo, el capital mínimo asciende a 60.000 euros, y su estructura es más rígida en comparación con la S.L.

El proceso de constitución incluye varios pasos obligatorios. Primero, es necesario otorgar una escritura pública de constitución ante notario, que debe incluir los estatutos sociales. Estos estatutos son fundamentales porque regulan la organización interna de la sociedad y aspectos como la administración y los derechos de los socios. Una vez redactada la escritura, esta debe inscribirse en el Registro Mercantil, lo que otorga personalidad jurídica a la empresa. Además, es imprescindible obtener un Número de Identificación Fiscal (en adelante, un “NIF”), que permite a la empresa operar legalmente, realizar transacciones económicas y cumplir con sus obligaciones fiscales.

En el ámbito laboral, la empresa debe inscribirse en la Seguridad Social antes de contratar empleados. Esto incluye la asignación de un código de cuenta de cotización y la afiliación de los trabajadores al sistema de Seguridad Social. Asimismo, es obligatorio establecer un sistema de prevención de riesgos laborales y, dependiendo del tamaño y la actividad de la empresa, adoptar medidas específicas para garantizar la seguridad y salud de los empleados.

Otro aspecto clave es el cumplimiento fiscal. Toda empresa debe registrarse en el censo de empresarios mediante la presentación del Modelo 036. Este documento permite obtener el NIF, elegir el régimen fiscal aplicable y registrar la actividad económica que desarrollará la empresa. Además, aunque muchas empresas están exentas del Impuesto sobre Actividades Económicas (en adelante el “IAE”) durante los primeros dos años, es obligatorio declarar las actividades correspondientes y, en algunos casos, abonar este impuesto.

La protección de la marca es otro elemento crucial, aunque no obligatorio. Registrar la marca otorga derechos exclusivos sobre su uso y evita que terceros puedan aprovecharse de ella. Esto es especialmente importante si la empresa planea operar en varios países, ya que el registro nacional solo protege en el territorio correspondiente. En estos casos, es recomendable optar por una marca de la Unión Europea o una marca internacional, dependiendo del alcance de las operaciones.

Otros aspectos a considerar incluyen la definición clara del objeto social de la empresa, que debe reflejarse en los estatutos y determinará las actividades económicas permitidas. Asimismo, la elección del domicilio social es relevante no solo para identificar el registro mercantil competente, sino también para determinar la jurisdicción aplicable. En cuanto a los socios fundadores, es posible constituir una sociedad unipersonal, lo que facilita la puesta en marcha del proyecto incluso con un único promotor.

Con el apoyo adecuado, este proceso puede ser mucho más ágil y seguro. Si necesitas asesoramiento, en Cysae podemos ayudarte a constituir tu empresa de manera eficiente y conforme a la normativa vigente. ¡Contáctanos!

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